Bases de La Campaña Productos de Palencia

1. La presente campaña está organizada por LA ASOCIACIÓN PALENCIA ABIERTA, con domicilio en Plaza de la inmaculada Concepción, 8, 34.001 Palencia, actuando en nombre de persona jurídica. En cualquier caso se entenderá por «organizadora» en las presentes bases única y exclusivamente a la persona jurídica.

2. La presente campaña tiene por finalidad promocionar el conjunto de los productos agroalimentarios denominados  PRODUCTOS  DE PALENCIA, por parte de la Asociación PALENCIA ABIERTA en el ámbito territorial de PALENCIA.

3. La campaña consistirá en completar un pasaporte-tarjeta- a través de una serie de sellos de los comercios participantes, así como la justificación mediante un ticket de compra en el que se especifique la cantidad gastada.

4. Puede participar en la campaña cualquier persona física que haya rellenado el pasaporte – tarjeta por una cantidad mínima de 350 € (doscientos cincuenta euros), habiendo realizado dicho gasto en al menos 10 establecimientos adherido a la Campaña.

5. La Campaña comenzará el 4 de Abril de 2014 y finalizará el 28 de Abril de 2014, en los comercios adheridos a la promoción.

6. El premio consistirá en una serie de LOTES, valorados según criterio de los patrocinadores – donados por los patrocinadores de los PRODUCTOS DE PALENCIA

7. Los LOTES se establecerán por parte de la organización, procurando en todo momento que sean lo más equitativos posibles.

8. Todos los LOTES donados por parte de los PRODUCTOS DE PALENCIA  serán entregados a los participantes en la CAMPAÑA, hasta finalizar existencias.

9. La repercusión fiscal (si la hubiese) en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por razón del premio recibido, correrá por cuenta y cargo exclusivo del ganador, incluida la retención o pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cuyo importe se determinara de acuerdo con el art. 105 del Reglamento del IRPF, aprobado en RD 439/2007. Cualesquiera otras cargas fiscales, diferentes a las expresamente mencionadas en las bases de la Campaña, correrán a cargo del ganador, con total indemnidad para los organizadores.

10. Se considerarán ganadores o merecedores a la entrega de los denominados LOTES  todas aquellas personas que una vez cumplimentado el pasaporte hagan entrega del mismo donde determine la Organización en su momento y en el plazo que dure la Campaña.

11. Asimismo a la entrega del pasaporte-tarjeta se comprobará por parte de la organización que esté cumplimentado correctamente así como la justificación de las compras realizadas (presentación de los ticket de compra).

12. No serán válidos los pasaportes-tarjetas rotos, enmendados, incompletos o defectuosos, a decisión imparcial y obligatoria de la organización.

13. Si pasados todos los plazos dados y no hubiese sido recogido el premio, este pasará automáticamente a ser posesión de la organización, quien lo hará llegar a los siguientes participantes en la promoción que les corresponda.

14. La organización se reserva el derecho a utilizar el nombre e imagen del ganador o ganadores (ya sean personas físicas o jurídicas), meramente en el ámbito relacionado con la rifa, sin que por ello se puedan emprender acciones legales contra ello.

15. Las presentes Bases están en posesión de PALENCIA ABIERTA.

16. Las Bases están a disposición de tantas personas las necesiten.

17. La participación en la presente promoción, supone la aceptación incondicional e íntegra de las presentes Bases.

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